Filmaciones en ASP
Todas las unidades del Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE) están disponibles para la realización de actividades de captura de imágenes lúdica o lucrativa, ya sea en video, película o fotografías. Estas pueden ir desde proyectos personales y documentales hasta largometrajes, incluyendo publicidad comercial.

Para su desarrollo y regulación, CONAF ha establecido un reglamento al que deben atenerse todos/as los/as usuarios/as que deseen realizar este tipo de actividades en el SNASPE.
Esta normativa puede solicitarla al correo: consulta.oirs@conaf.cl o descargarla desde esta página.
Se excluyen expresamente de tramitación y autorización formal todas aquellas actividades cuya finalidad sea de uso doméstico, correspondan a actividades de prensa (gráfica y televisión) o actividades profesionales que no impliquen ningún montaje ni despliegue logístico mayor y que se restrinjan a sectores de uso público de la área silvestre protegida respectiva.
Recomendamos que previo a su visita al área silvestre protegida, revise este reglamento y, si procede, contacte a la oficina de informaciones de CONAF para la coordinación y tramitación oportuna de un permiso y autorización.
El reglamento establece que aquellas actividades que impliquen un montaje, despliegue logístico mayor o se trate de proyectos con fines de lucro o comerciales, estarán sujetos a cobros. Estos se tipifican y detallan en esta normativa. Todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que deseen realizar este tipo de actividades en el SNASPE, deberán conocer y aceptar los términos y condiciones del reglamento y comunicar a CONAF su intención de filmar o fotografiar a través de la Solicitud para realizar actividades de captura de imágenes en Áreas Silvestres Protegidas. Dependiendo de la situación, se tramitará una autorización formal o se deberá suscribir un convenio con CONAF, en el cual se establecerán los compromisos y condiciones asociados al desarrollo de la actividad.