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Pago por Asesoría Profesional

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Con el fin de obtener mejores resultados de la Ley 20.283 sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal, se consideró por primera vez el pago por asistencia técnica como actividad bonificable, incrementándose al mismo tiempo en un 31% el monto disponible del Fondo de Conservación del Bosque Nativo.

Esta acción repercutirá favorablemente en los postulantes del Fondo de Conservación, Recuperación y Manejo Sustentable del Bosque Nativo, y que corresponde a las medidas de corto plazo que la Corporación ha implementado para mejorar los resultados de la Ley 20.283, permitiendo que la Tabla de Valores del concurso 2020 se incremente en promedio en 8,16% respecto a la tabla que regía desde el 2018. Por otra parte, se consiguió que en la Ley de Presupuestos 2020 el monto disponible del Fondo de Conservación del Bosque Nativo aumente en un 31%, alcanzando a MM$ 5.700.

Asimismo, se establece por primera vez el pago por asistencia técnica como actividad bonificable, hasta por un monto de 1,8 UTM/ha, lo que permitirá mejorar los resultados en la aplicación de la ley.

Dicha medida fue publicada este 27 de junio en el Diario Oficial mediante el Decreto N°01, de 2020, del Ministerio de Agricultura, que modifica el Decreto N°18 de 2019 y fija la Tabla de Valores para el año 2020, y determina el monto máximo de las bonificaciones para las actividades a que se refiere el Artículo 22 de la Ley N°20.283 sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal.

Cabe señalar que la normativa referida señala que:

⦁ La asesoría profesional es percibida por el o la propietario(a) y ésta puede ser endosada al profesional correspondiente.

⦁ La asesoría profesional es solo para los proyectos que postulen al concurso del año 2020, concurso que está en proceso de postulación.

⦁ Se podrá bonificar por los montos indicados en el decreto, la asesoría profesional que sea necesaria para la realización de alguna de las actividades bonificables del artículo 22 de la Ley N° 20.283, de conformidad con lo dispuesto en el reglamento de dicha ley.

⦁ La asesoría profesional, que corresponde realizar a los profesionales a que se refiere el artículo 7° de la Ley N° 20.283, se desagrega en:
a) Asistencia técnica en terreno, que comprende la capacitación y supervisión para la ejecución de las actividades bonificables aprobadas en el plan de manejo que corresponda.
b) Elaboración de estudios técnicos, que comprende la elaboración del plan de manejo, definido en el artículo 2° de la Ley N° 20.283, y/o de los informes de ejecución de actividades bonificables, señalados en el artículo 29 del mismo texto legal.

⦁ La bonificación por concepto de asesoría profesional podrá pagarse total o parcialmente. En caso de que uno de los componentes de la asesoría profesional haya sido efectuada por la Corporación Nacional Forestal, este monto se descontará al momento que se determine el pago de la bonificación pertinente.

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Decreto N°1/2020: Tabla de valores que determina el monto de la bonificación por el concepto de asesoría profesional

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