Conaf - Ministerio de Agricultura



Madera Muerta de Alerce

CONAF

El Decreto Supremo N° 490, de 1976, del Ministerio de Agricultura, declaró Monumento Natural de acuerdo a la definición y al espíritu de la “Convención para la protección de la Flora, Fauna y Bellezas Escénicas Naturales de América” a la especie vegetal de carácter forestal denominado Alerce o Lahuén y cuyo nombre científico corresponde al de Fitzroya cupressoides (MOL) JOHNSTON. Dicha declaración afecta a cada uno de los pies o individuos de la citada especie, cualquiera sea su edad o estado que habitan dentro del territorio nacional.

Cuando se trate de árboles o bosques muertos de alerce, encontrándose éstos ya sea en pie, derribados o enterrados, podrá permitirse su aprovechamiento comercial mediante autorización expresa y previa de la Corporación Nacional Forestal.

Por otra parte, los barraqueros, intermediarios o comerciantes de alerce en general y transportistas deberán en todo momento poder acreditar el origen legal de las maderas o productos puestos a la venta o transportados, de lo contrario caerán en infracción y procederá al decomiso del producto.

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D.S. N° 490, de 1976, que Declara Monumento Natural a la Especie Alerce

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Plan de Extracción de Alerce Muerto

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Solicitud de marcaje de productos de Alerce Muerto

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Solicitud de declaración de existencia de productos de alerce muerto

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Solicitud de guía de libre tránsito

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Solicitud relativa al D.S. N° 490/1976

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