Planes y normas de manejo D.L. N° 701
Permite al propietario de un predio contar con autorización de CONAF para la corta de plantaciones forestales, en terrenos de aptitud preferentemente forestal o plantaciones bonificadas, a través de la presentación de un instrumento que planifica la gestión del patrimonio ecológico o el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales de un terreno determinado, resguardando la calidad de las aguas y evitando el deterioro de los suelos.
A quién va dirigido
- Propietarios que requieran intervenir plantaciones forestales
Documentación legal a presentar
El Reglamento general establece la documentación, no obstante, para conocer en detalle la documentación general, consulte lo siguiente:
Formularios
Norma de Manejo Aplicable a Plantaciones del género Prosopis D.L. 701
161.23 KB
1 Archivos adjuntos
62 descargas
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¿Dónde y Cómo hago el trámite?
- Presencial, en Oficinas de CONAF. Para ello reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina regional, provincial o de área de CONAF que corresponda.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, obtendrá una respuesta a través de una resolución que aprueba o rechaza la solicitud.
- Online, para realizar este trámite de manera electrónica deberá acceder a la Oficina Virtual. En el sitio deberá registrar sus antecedentes y ver los planes y/o normas que se encuentran disponibles para trámite.
¿Cuál es el costo del trámite?
La solicitud está afecta a pago de tarifas, según tipo de propietario, región y tipo de actividad, las cuales se encuentran establecidas en el siguiente enlace: https://bcn.cl/300zo. Los pequeños propietarios forestales, se encuentran exentos de pago de tarifas.
Exención tributaria y otros D.L. N° 701
El propietario de un predio puede optar a la exención del impuesto territorial que grava los terrenos agrícolas, cuando el predio posea:
- Bosques de Protección
- Existencia de un 30% de superficie de bosque nativo en terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal.
Además podrá solicitar a CONAF calificar sus terrenos como de aptitud preferentemente forestal (APF) o bien, solicitar desafectar de esta calidad, aquellos terrenos que ya fueron calificados de APF con anterioridad.
A quién va dirigido
- Propietario(s) del predio
Documentación legal a presentar
El Reglamento general establece la documentación, no obstante, para conocer en detalle la documentación general, consulte lo siguiente:
Formularios
Formularios Generales
180.85 KB
2 Archivos adjuntos
3571 descargas
Solicitud relativa al D.L. 701 (Word, 45 Kb)
Autorización de Ingreso al predio o centro de acopio (Word, 135Kb)
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Documentación asociada
576.68 KB
1 Archivos adjuntos
463 descargas
Requerimientos técnicos para la presentación de cartografía digital georreferenciada ante CONAF (PDF, 1.3 Mb)
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¿Dónde y Cómo hago el trámite?
- Presencial, en Oficinas de CONAF. Para ello reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina regional, provincial o de área de CONAF que corresponda.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, obtendrá una respuesta a través de una resolución que aprueba o rechaza la solicitud.
- Online, para realizar este trámite de manera electrónica deberá acceder a la Oficina Virtual. En el sitio deberá registrar sus antecedentes y ver los planes y/o normas que se encuentran disponibles para trámite.
En el caso que la solicitud de exención tributaria sea aprobada, el propietario deberá tramitar ante el Servicio de Impuestos Internos, la solicitud de exención de impuesto territorial.
En el caso de las desafectaciones de terrenos de APF, el propietario deberá presentar los antecedentes al Servicio de Impuestos Internos, para que en conformidad con las normas del Código Tributario, calcule el monto a reintegrar en arcas fiscales, de todas las sumas que se hayan dejado de pagar en virtud de franquicias tributarias o bonificaciones otorgadas por el D.L. N° 701 u otras disposiciones legales o reglamentarias, más los reajustes e intereses legales determinados por dicho Servicio.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene Costo