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Profesionales afines y relacionados al Art. 7. Ley 20.283

De acuerdo a los procedimientos vigentes que posee CONAF, en el caso de los profesionales afines y relacionados del artículo 7° de la Ley N° 20.283 y los ingenieros agrónomos especializados, son reconocidos y habilitados como tales, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva de la Corporación.

Para estos efectos, la Corporación evalúa que se cumpla con los siguientes requisitos:

a.- Ingenieros/as agrónomos especializados y Profesionales relacionados.
b.- Profesionales afines.

Los requisitos para ser habilitado, se encuentran contenidos en el procedimiento del Listado de Consultores Forestales de CONAF