Cuerpo Legal que nace el año 1974 con el objetivo de impulsar el desarrollo forestal de Chile; para este efecto se establecen incentivos a la actividad forestal:
- Bonificación para la forestación o estabilización de dunas en suelos de aptitud preferentemente forestal.
- Bonificación y beneficio tributarios para realizar actividades de administración y manejo de bosques plantados en terrenos de aptitud preferentemente forestal.
Posteriormente, en el año 1998 se dicta la ley N° 19.561 que modifica el D.L. Nº 701, a través del cual se incentiva la forestación de pequeños propietarios y de suelos frágiles y degradados y las prácticas de recuperación de suelos. Esta modificación legal incorpora dos tipos de incentivos:
- Bonificación a pequeños propietarios para realizar actividades de forestación y manejo de bosques plantados en suelos de aptitud preferentemente forestal.
- Bonificación para realizar actividades de forestación, recuperación de suelos y/o estabilización de dunas en suelos frágiles, ñadis o en proceso de desertificación, en suelos degradados, o en suelos degradados con pendientes superiores al 100%.
El Decreto Ley cuenta con cuatro reglamentos que complementan los contenidos de este:
- Decreto Supremo Nº 193, de 1998, del Ministerio de Agricultura. Reglamento general del Decreto Ley Nº 701, de 1974.
- Decreto Supremo Nº 192, de 1998, del Ministerio de Agricultura. Reglamento Para el Pago de Bonificaciones Forestales.
- Decreto Supremo Nº 1.341, de 1998, del Ministerio de Hacienda. Reglamento que establece normas contables aplicables a los contribuyentes que realizan actividades forestales de conformidad al Decreto Ley Nº 701, de 1974, sobre Fomento Forestal.
- Decreto Supremo Nº 259, de 1980, del Ministerio de Agricultura. Reglamento técnico Decreto Ley Nº 701, de 1974.
Cabe señalar con fecha 31 de Diciembre de 2012 expiró la vigencia del sistema de incentivos que contempla el artículo 12º del Decreto Ley Nº 701, de 1974, razón por la cual las forestaciones y otras actividades bonificables que se realicen a partir del 1° de enero de 2013 no serán susceptibles de bonificarse, de acuerdo a la normativa actualmente vigente.