Acreditadores Forestales

Según el artículo 37° de la Ley N° 20.283, los Acreditadores Forestales son personas naturales o jurídicas, que colaborarán con CONAF en el ejercicio de sus facultades de certificación y fiscalización. Sólo podrán ejercer la actividad de acreditadores forestales los profesionales señalados en el artículo 7º de esta ley, que estén inscritos en el Registro…

Profesionales afines y relacionados al Art. 7. Ley 20.283

De acuerdo a los procedimientos vigentes que posee CONAF, en el caso de los profesionales afines y relacionados del artículo 7° de la Ley N° 20.283 y los ingenieros agrónomos especializados, son reconocidos y habilitados como tales, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva de la Corporación. Para estos efectos, la Corporación evalúa que se cumpla…

Fiscalización Forestal

La Fiscalización Forestal, se encarga de coordinar, evaluar y controlar el proceso de fiscalización forestal en el país, a través de la generación e implementación de un plan anual eficientice en esta materia, en respuesta a las facultades que le otorgan a CONAF, distintos cuerpos legales como la Ley 20.283, DL 701 y otros Decretos…

Fiscalización Ambiental

La Sección de Fiscalización Ambiental tiene como objetivo la fiscalización y participación en la construcción de tres instrumentos de carácter ambiental que existen en Chile. Entre los instrumentos encontramos, las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), los Programas de Cumplimiento (PdC) y los Planes de Reparación (PdR). Adicionalmente, es la encargada de ser la contraparte técnica…

Evaluación Ambiental

La Corporación Nacional Forestal es una institución de fuerte vocación ambiental que participa desde sus inicios en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), para lo cual ha ido adaptando sus procedimientos de evaluación, de acuerdo a las diversas modificaciones legales, reglamentarias y procedimentales del SEIA. La Evaluación de Impacto Ambiental se define como…

Evaluación excepcionalidad art. 19 ley 20.283

Las solicitudes de excepcionalidad del artículo 19 de la Ley N° 20.283, establece que excepcionalmente se podrá intervenir o alterar el hábitat de los individuos de dichas especies reúnan las condiciones copulativas: Sean especies nativas, estén clasificadas de conformidad con el artículo 37 de la Ley N° 19.300 y su reglamento, en las categorías de:…

Permisos sectoriales

La Corporación Nacional Forestal, de acuerdo al mandato conferido por diversas normas legales y reglamentarias fijó entre sus objetivos estratégicos el asegurar la conservación de los ecosistemas boscosos y xerofíticos en las Áreas Silvestres Protegidas del Estado y fuera de éstas,reduciendo el riesgo de desastres ambientales provocados por la acción antrópica y no antrópica, con…